Subgrupo 18.10.

Atracciones mecánicas y afines

Último aumento:

01 ene 2021 - Ver Acta

Ámbito de aplicación:

Atracciones mecánicas instaladas en forma permanente, cualquiera sea el lugar en que se ubiquen, dentro del territorio nacional; b) Atracciones mecánicas itinerantes, nacionales o extranjeras, ya sea esta la actividad principal o accesoria; c) Parques acuáticos; d) Empresas cuyo giro principal o accesorio consista en la explotación de máquinas de entretenimiento eléctricas y /o electromecánicas, excluidos juegos de azar; e) Parques de inflables, excluidos empresas de alquiler de los mismos.

Documentos de interés:

Acta aclaratoria