Informe11.09.18

MEF - Acuerdo sobre medios de pago electrónicos


En Acuerdo firmado el 6 de setiembre de 2018 entre el Ministerio de Economía, diversas cámaras comerciales y representantes del sector financiero se establecieron diversas modificaciones en las condiciones actuales de operatividad de las tarjetas de débito, de crédito e instrumentos de dinero electrónico.


Aranceles de tarjetas de débito e instrumentos de dinero electrónico emitidos localmente

Se acuerda una reducción inicial del arancel máximo para las empresas de reducidadimensión económica, llevándolo del 1,5% actual a 1,3% en un plazo máximo de 2 meses de firmado el Acuerdo (6 de setiembre de 2018).

Asimismo, se prevén reducciones adicionales posteriores en función del aumento de los montos operados, hasta alcanzar un máximo de 0,85%.

Plazo de pago al comercio de las ventas con tarjetas de débito e instrumentos de dinero electrónico emitidos localmente

Se acuerda reducir el plazo máximo de pago a 1 día, sea hábil o no, lo cual se implementaría en un plazo máximo de 30 días a contar desde que esté disponible a nivel de la cámara compensadora la posibilidad de realizar transferencias con liquidación en días inhábiles entre todas las instituciones intervinientes.

Dispersión de aranceles por adquirente y sector de actividad de tarjetas de débito einstrumentos de dinero electrónico emitidos localmente

Se establece una reducción gradual de la dispersión máxima entre el arancel menor y el mayor cobrado por cada adquirente sobre los instrumentos emitidos localmente en cada uno de los sectores de actividad

Aranceles de tarjetas de crédito emitidas localmente (para pagos en una cuota)

Se establece una reducción inicial del arancel máximo para las empresas de reducida dimensión económica, llevándolo del 4% actual a 3,5% en un plazo máximo de 2 mesesde firmado el Acuerdo (6 de setiembre de 2018).

Asimismo, se prevén reducciones adicionales posteriores enfunción del aumento de los montos operados, hasta alcanzar un máximo de 2,25%

 

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