Informe23.12.16
DGI - Operaciones exceptuadas de documentar
Se fijó en $ 120 (pesos uruguayos ciento veinte), a partir del 1º de enero de 2017, el monto hasta el cual no es obligatorio extender comprobante por operaciones al contado y al por menor.
Quienes realicen tales ventas deberán extender diariamente comprobantes globales que respalden las operaciones que no fueran documentadas individualmente, conservando todas las vías de la documentación emitida.
Contribuyentes excluidos
Esta facultad no es aplicable a aquellos contribuyentes que utilicen máquinas registradoras, rollos de papel continuo o estén incluidos en el régimen de facturación electrónica.
Año | Monto $ |
2017 | 120 |
2016 | 110 |
2015 | 100 |
2014 | 90 |
2013 | 80 |
2012 | 80 |
2011 | 70 |
2010 | 70 |
Archivos asociados a este informe
- Resolución DGI 7291/2016 de 22 diciembre de 2016 (Documento - 71.83 KB)