DGI - Pagos con débito bancario del 26/08/14 - Prórroga
Las obligaciones tributarias de los contribuyentes que efectúan el pago mediante débito bancario, con vencimiento el 26 de agosto de 2014, realizadas hasta el día 27 del referido mes, se considerarán efectuadas en plazo.
Resolución DGI 2.965/2014 de 28 de agosto de 2014
VISTO: la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 4187/2013 de 10 de diciembre de 2013;
RESULTANDO: que la norma mencionada estableció los vencimientos de obligaciones tributarias correspondientes al año 2014.
CONSIDERANDO: que los contribuyentes debieron enfrentar inconvenientes que han dificultado el cumplimiento de sus obligaciones en plazo debido a las modificaciones que efectuaron determinadas instituciones bancarias en sus sistemas de pago por Internet.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 70 del Decreto Nº 597/988 de 21 de setiembre de 1988.
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1) Las obligaciones tributarias de los contribuyentes que efectúan el pago mediante débito bancario, con vencimiento el 26 de agosto de 2014, realizadas hasta el día 27 del referido mes, se considerarán efectuadas en plazo.
2) Insértese en el Boletín Informativo y página web. Cumplido, archívese.