IRAE - Franjas de Pago Mínimo - Ej. cerrados al 31/08/2018
IRAE
PAGOS MENSUALES DE IRAE MÍNIMO
PARA EJERCICIOS CERRADOS AL 31 DE AGOSTO DE 2018
De acuerdo a la legislación vigente (artículo 172 del Decreto 150/007 de 26/04/07) para la determinación de la escala de ingresos en que los contribuyentes se encuentran comprendidos al iniciar ejercicio, el literal E) se calcula sobre 305.000 UI a la cotización vigente a fecha de cierre del ejercicio anterior.
CIERRE DE EJERCICIO AL 31 DE AGOSTO DE 2018:
Cotización UI = 3,9555
Ingresos al 31/08/18 (Artículo 52: 305.000 UI |
Más de | Hasta | Pago Mensual 2018 |
Hasta 3 veces el límite | -- | $ 3.619.283 | $ 4.460 |
Más de 3 hasta 6 veces | $ 3.619.283 | $ 7.238.565 | $ 4.880 |
Más de 6 hasta 12 veces | $ 7.238.565 | $ 14.477.130 | $ 6.550 |
Mas de 12 hasta 24 veces | $ 14.477.130 | $ 28.954.260 | $ 8.880 |
Más de 24 veces | $ 28.954.260 | -- | $ 11.120 |
“Cuando el ejercicio anterior haya sido menor a doce meses, el límite de inclusión en cada categoría se determinará en forma proporcional al tiempo transcurrido.”
(Art. 93 del Título 4 del TO-1996 – parcial)
De acuerdo a la Consulta DGI 4.425 la comparación a los efectos de situarse en la escala debe hacerse al mes inmediato siguiente del cierre del ejercicio y aplicar el importe correspondiente para realizar el pago de dicho mes.