Informe01.08.17

IRAE - Franjas Pago Mínimo - Ej. cerrados al 31/07/2017


IRAE

PAGOS MENSUALES DE IRAE MÍNIMO

PARA EJERCICIOS CERRADOS AL 31 DE JULIO DE 2017 


De acuerdo a la legislación vigente (artículo 172 del Decreto 150/007 de 26/04/07) para la determinación de la escala de ingresos en que los contribuyentes se encuentran comprendidos al iniciar ejercicio, el literal E) se calcula sobre 305.000 UI a la cotización vigente a fecha de cierre del ejercicio anterior. 


CIERRE DE EJERCICIO AL 31 DE JULIO DE 2017:      
Cotización UI  =  3,6394

Ingresos al 31/07/17
(Artículo 52: 305.000 UI
        Más de         Hasta  Pago
Mensual
2017
 Hasta 3 veces el límite            --     $  3.330.051    $ 4.210   
 Más de 3 hasta 6 veces   $   3.330.051      $  6.660.102 $ 4.600 
 Más de 6 hasta 12 veces   $   6.660.102     $ 13.320.204  $ 6.180 
 Mas de 12 hasta 24 veces   $ 13.320.204      $ 26.640.408  $ 8.380 
 Más de 24 veces   $ 26.640.408  --  $ 10.500 

  

 “Cuando el ejercicio anterior haya sido menor a doce meses, el límite de inclusión en cada categoría se determinará en forma proporcional al tiempo transcurrido.”
(Art. 93 del Título 4 del TO-1996 – parcial)

De acuerdo a la Consulta DGI 4.425 la comparación a los efectos de situarse en la escala debe hacerse al mes inmediato siguiente del cierre del ejercicio y aplicar el importe correspondiente para realizar el pago de dicho mes.

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