Informe21.12.16

IRAE Mínimo - Nuevos valores año 2017



IRAE MÍNIMO - AÑO 2017   


Se fijaron los montos de las franjas correspondientes a los pagos mensuales que deben efectuar los contribuyentes de IRAE para el año 2017. (Art. 93 del Título 4 TO-1996) 

Estos valores se aplican a partir del mes de cargo Enero 2017, que se abona en Febrero 2017.  

Decreto 399/016  de 19 de diciembre de 2016 (parcial) 

Visto: lo dispuesto por los artículos 93º del Título 4 del Texto Ordenado 1996 y 106º del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998.
Considerando: I) que corresponde actualizar los montos mensuales previstos en las referidas normas.
Atento: a lo expuesto,   

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

DECRETA 

. . . . . . . . . . . . . 

Artículo 2º.- Fíjanse para el año 2017, los siguientes montos para los pagos mensuales a que refiere el artículo 93º del Título 4 del Texto Ordenado 1996: 

a) Ingresos hasta tres veces el límite del literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996: $ 4.210.- (pesos uruguayos cuatro mil doscientos diez).

b) Ingresos que superen tres veces el referido límite y hasta seis veces:
 $ 4.600.- (pesos uruguayos cuatro mil seiscientos).

c) Ingresos que superen seis veces el referido límite y hasta doce veces:
 $ 6.180.- (pesos uruguayos seis mil ciento ochenta).

d) Ingresos que superen doce veces el referido límite y hasta veinticuatro veces:        
$ 8.380.- (pesos uruguayos ocho mil trescientos ochenta).

e) Ingresos que superen veinticuatro veces el referido límite:
$ 10.500.- (pesos uruguayos diez mil quinientos).

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Ver Valores anteriores mes a mes