IRNR - Responsables
IRNR
RESPONSABLES
Se excluyó a los responsables de IRNR que paguen o acrediten rentas de capital exoneradas de IRNR de la obligación de informar en el Formulario 1246 en los casos en que esas rentas exoneradas provengan de:
- Las rentas producidas por la diferencia de cambio originada en la tenencia de moneda extranjera o en depósitos y créditos en dicha moneda.
- Las rentas producidas por el reajuste originado en la tenencia de valores reajustables, depósitos o créditos sometidos a cláusulas de reajuste.
Resolución DGI 1120/2015 de 16 de marzo de 2015
Visto: el numeral 18º bis de la Resolución N° 981/2007, de 28 de agosto de 2007.
Resultando: que el mismo refiere a obligaciones formales establecidas para los responsables del Impuesto a las Rentas de los No Residentes, que paguen o acrediten rentas de capital exoneradas del referido impuesto.
Considerando: necesario ajustar la norma referida.
Atento: a lo expuesto;
El Director General de Rentas
RESUELVE
1º Agrégase al numeral 18º bis) de la Resolución N° 981/2007, de 28 de agosto de 2007, el siguiente inciso:
“Lo anterior no será de aplicación cuando se paguen o acrediten las rentas a que refieren los literales F) y G) del citado artículo.”
2° Vigencia. Lo dispuesto en la presente Resolución será de aplicación para las declaraciones juradas correspondientes a rentas pagadas o acreditadas a partir del mes de marzo de 2015.
3° Publíquese.
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