Informe09.07.19
IRPF-IASS - Calendario de cobro de créditos
IRPF - IASS
CALENDARIO DE COBRO DE CRÉDITOS
Si presentó su DJ hasta: | Cobrará su crédito en Banco a partir de: | Cobrará su crédito en redes de cobranza a partir de: |
5 de julio | 15 de julio | 29 de julio |
12 de julio | 25 de julio | 29 de julio |
9 de agosto | 15 de agosto | 28 de agosto |
16 de agosto | 23 de agosto | 28 de agosto |
6 de setiembre | 16 de setiembre | 30 de setiembre |
13 de setiembre | 25 de setiembre | 30 de setiembre |
4 de octubre | 15 de octubre | 28 de octubre |
18 de octubre | 25 de octubre | 28 de octubre |
Se debe tener encuenta que se trata de fechas tentativas.
Las fechas correspondientes al cobro a través del Banco, son válidas si la adhesión se hizo antes o el mismo día de presentar la Declaración Jurada.
Si ya está afiliado al Banco desde años anteriores, no es necesaria la reafiliación.