IVA a frutas, flores y hortalizas - Ley 19.407
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Declaración en los distintos formularios de las operaciones relativas a Flores, frutas y Hortalizas, de acuerdo a los cambios introducidos por la Ley 19.407 del 24 de Junio de 2016.
Formularios 2176 y 2178
A partir del mes cargo julio/2016, se deben declarar todas las operaciones de FFH bajo el régimen general (Rubro 2.2 de los formularios - Paneles de trabajo 5 al 8), dejando de utilizarse para ello, el Régimen especial (Rubro 2.1)
Los saldos acreedores que al cierre del ejercicio provengan exclusivamente de diferencias de tasas, se declaran:
La parte que constituye costo de ventas (Línea 251 del Régimen especial), no se incluye en la declaración.
El resto (Línea 252 del Régimen especial), incluirla en la línea 19 –IVA compras deducible por operaciones gravadas.
Las líneas 58, 57, 50 y 51 no se utilizan más.
Formulario 1306
A partir del mes cargo julio/2016, se deben declarar todas las operaciones de FFH bajo el régimen general (Rubro 2.2 del formulario - Paneles de trabajo 1 al 3), dejando de utilizarse para ello, el Régimen especial (Rubro 2.1).
En el Rubro 3 –Determinación de créditos por IVA y otros créditos, no se utilizan más las líneas 442 a 445, debiendo incluirse estos conceptos en las líneas 345, 347, 348 y 473.