Informe07.11.14
IVA – Servicios de Salud - Consulta DGI 5.841
IVA – SERVICIOS DE SALUD
Consulta DGI Nº 5.841
Se distingue la diferencia entre “residencias de ancianos” y “asistencia geriátrico-gerontológica” a los efectos de la aplicación de la tasa mínima del Impuesto al Valor Agregado.
Resumen
- Cuando se proporcionen servicios asistenciales solicitando que los pacientes ingresen bajo orden médica, como lo harían en otro centro asistencial convencional, se aplica la tasa mínima.
- Cuando se trate de un servicio de alojamiento, o cuando el paciente dado de alta desde el punto de vista médico opte por mantenerse residiendo en dicho centro, se trataría de un servicio gravado por IVA a la tasa básica.
Archivos asociados a este informe
- Consulta DGI 5.841 - "IVA - Servicios de Salud" (PDF) (Documento - 112.86 KB)