Informe24.08.15

Ley de Inclusión Financiera Proceso de la reducción de la tasa de IVA



REDUCCIÓN DE LA TASA DE IVA


El artículo 53 de la Ley 19.210 de 29/04/14 (Ley de Inclusión Financiera) que modificó el artículo 87 del Título 10 del TO-1996, dispuso una reducción permanente de 2 puntos porcentuales de la tasa del IVA, tanto en la básica como en la mínima, aplicable a las enajenaciones de bienes y prestaciones de servicios efectuadas a consumidores finales, siempre que la contraprestación se efectúe mediante la utilización de tarjetas de débito, instrumentos de dinero electrónico u otros instrumentos análogos.

Además, se facultó al Poder Ejecutivo a incrementar la reducción de dos puntos de IVA para operaciones con tarjeta de débito y por montos inferiores al equivalente a 4.000 UI (cuatro mil unidades indexadas), según el siguiente detalle: En hasta 2 puntos porcentuales durante el primer año y en hasta un punto porcentual en el segundo año.

Respecto a las tarjetas de crédito el Poder Ejecutivo quedó facultado a reducir la tasa del IVA, aplicable a enajenaciones de bienes y prestaciones de servicios por montos inferiores al equivalente a 4.000 UI (cuatro mil unidades indexadas), según el siguiente detalle: - En hasta 2 puntos porcentuales durante el primer año y en hasta un punto porcentual en el segundo año.

 

PROCESO DE REDUCCIÓN DE LA TASA DE IVA


Operaciones con tarjetas de débito o dinero electrónico:

  • Del 1º de agosto de 2014 al 31 de julio de 2015: 2% básico correspondiendo un 2% adicional para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2015 al 31 de julio de 2016: 2% básico correspondiendo un 1% adicional para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2016 en adelante: 2% permanente tanto para la tasa básica como la mínima.

Operaciones con tarjeta de crédito:

  • Del 1º de agosto de 2014 al 31 de julio de 2015: 2% de reducción para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2015 al 31 de julio de 2016: 1% de reducción para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2016 en adelante: Sin reducción.

Informe GPA relacionado: Reducción de la tasa de IVA - Crédito Fiscal