BPS - Devolución excedentes FONASA
A partir del 18 de setiembre próximo el BPS informará sobre las personas que tienen derecho a una devolución sobre el aporte al FONASA efectuado en 2016. En caso de corresponder, los pagos comenzarán el 25 de setiembre.
Los contribuyentes que tienen cuenta bancaria o emisión de dinero electrónico podrán solicitar que se les realice una transferencia bancaria.
De acuerdo al artículo 43 de la Ley 19.210 de 29/04/14, los montos a devolver superiores a 10.000 unidades indexadas solo podrán ser cobrados mediante transferencia a una cuenta bancaria o por emisores de dinero electrónico. El cobro por cifras inferiores podrá hacerse efectivo en los locales de redes de pagos.