Informe10.11.14

DGI - Comunicado referente a Sociedades Anónimas

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Sociedades anónimas y Sociedades en Comandita por Acciones

Comunicado DGI


La Ley N° 18.930 de 17 de julio de 2012, determinó para las entidades que emitan participaciones patrimoniales al portador la obligatoriedad de informar al Banco Central del Uruguay (BCU) los datos que permitan la identificación de los titulares de dichas participaciones (accionistas y otros).

Por lo tanto, dichas entidades debieron:

a) cumplir con la obligación de informar al BCU, ó

b) modificar su contrato social, transformando sus acciones al portador en acciones nominativas.

En la actualidad, persisten un número significativo de sociedades que no han cumplido con la obligación de identificación.

Ante esta situación, la Ley N°19.288 de 26 de setiembre de 2014, establece que quienes no cumplan antes del 29 de enero de 2015 con la obligación de identificar a los titulares, quedarán disueltas de pleno derecho.

Esto se hará efectivo mediante la comunicación que realizará la DGI a la Dirección General de Registros (DGR), de acuerdo a la nómina existente en el RUC de la DGI.

Por lo tanto, si existen sociedades no comprendidas en la mencionada ley, pero que en el RUC de la DGI, figuran como sociedades con acciones al portador, igualmente serán comunicadas a la DGR para su disolución.

Por ello, la DGI pone a disposición de los contribuyentes, una consulta Web, en su portal tributario (www.dgi.gub.uy), para verificar la situación registral y en caso de corresponder, corregir su situación en el RUC antes del 29 de enero de 2015.

Montevideo, 9 de noviembre de 2014