Informe20.05.16
Feriado para Pueblo Zapicán (Depto de Lavalleja)
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LEY 19.388 DE 13 DE MAYO DE 2016
Artículo 1º Declárase feriado no laborable para el pueblo de Zapicán, departamento de Lavalleja, el día 30 de mayo de 2016, con motivo de conmemorarse los ciento veinticinco años de su fundación.
Artículo 2º Otórgase goce de licencia paga, en la fecha indicada en el artículo 1º, a todos los trabajadores de las actividades públicas y privadas, nacidos o radicados en el referido pueblo.
Sala de sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de mayo de 2016