Informe21.10.14

Grupo 09-01 - Construcción - Acta de ajuste al 01/10/14



GRUPO 09-01 - INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

ACTA DE AJUSTE SALARIAL AL 1º DE OCTUBRE DE 2014


Se establecieron los laudos mínimos por categoría, siendo el incremento general del 11,61%

En aplicación del proceso de adecuación salarial dispuesto en el artículo 7º del Convenio vigente, a las Categorías VIII, IX y X (excepto de montaje electromecánico) a partir del 1º de octubre de 2014 se le aplican los siguientes porcentajes de incremento salarial:

 

Categoría       Indice Aumento
VIII 1,0339 1,1539
IX 1,0322 1,1520
X 1,0299 1,1495

 

Retroactividad

"La retroactividad generada con motivo del aumento a partir del 1º de octubre de 2014, será exigible y pagada conjuntamente con la primer liquidación posterior a la publicación del numeral 3, siempre que la referida publicación se efectúe antes de las 72 horas anteriores al pago referido. En caso de que no se publique dentro de las referidas 72 horas, el pago de la retroactividad será exigible y pagada con la siguiente liquidación quincenal o mensual según corresponda.

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