MGAP - Declaración Jurada Anual 2017
Desde el 1º al 31 de julio, como cada año, se abre el período para presentar Declaración Jurada Anual de existencias de ganado y frutos del país.
Se trata de un trámite anual y obligatorio que deben cumplir con esta declaración todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que tengan ovinos, bovinos, equinos, suinos y caprinos a cualquier título y cantidad, ya sea en zonas urbanas, suburbanas y rurales, así como las empresas que realicen actividades comprendidas dentro de los giros comerciales o de intermediación (rematadores, consignatarios, chacineros, frigoríficos, abastecedores, etc.).
Desde el 2016, este trámite está disponible en formato electrónico a través del portal del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG). Para ello será necesario tener usuario y contraseña la que puede solicitarse al territorial SNIG de la zona, en el Centro de Atención Ministerial del MGAP o por la web de SNIG.
Para las empresas con actividades comerciales o de intermediación, es obligatorio hacer el trámite en formato electrónico.
Para los productores el trámite electrónico es opcional y podrán hacerlo en formato papel ante las comisarías y jefaturas de policía en el interior del país.
Aquellos productores que tengan predios interdictos por razones sanitarias deberán hacer la declaración jurada en formato electrónico.
A partir del 1º de agosto de 2017 no se recibirán más declaraciones en formato papel.
Tutorial para ingreso de Declaración Jurada Electrónica en portal SNIG
SNIG - Sistema Nacional de Información Ganadera
Archivos asociados a este informe
- Resolución MGAP de 28 de junio de 2017 (Documento - 75.85 KB)