En aplicación del artículo 73 del Título 10 del TO-1996 -que acuerda a los titulares de actividades de prospección y exploración de sustancias minerales, un crédito por el IVA incluido en sus adquisiciones de bienes y servicios- se emitió la Resolución
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A partir del 1º de diciembre de 2012 la prestación del servicio de devolución del IVA a turistas no residentes será realizado por la empresa Global Blue Argentina S.A., en calidad de Operador Turístico de Reintegro
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A los efectos de la reducción total de la tasa del IVA dispuesta por el Decreto Nº 376/012 de 23 de noviembre de 2012, se determinaron modificaciones en la Resolución DGI 12/006 de 5 de enero de 2006 que instrumenta el régimen de deducción de 9 puntos de
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La Resolución DGI 2.847 de 30/11/12 instrumentó nuevamente el régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado incluido en las adquisiciones de bienes realizadas por turistas no residentes en el país.
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Se modificó el régimen de devolución de IVA a turistas no residentes dispuesto por el Decreto 333/009 de 20/07/09, vigente desde el 1º de octubre de 2009.
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Se eliminó el régimen especial de liquidación del IVA aplicable a ANCAP, con relación al impuesto incluido en las compras de bienes y servicios que integran el costo del gasoil.
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Se admite que para las operaciones gravadas a la tasa mínima (consumo final) correspondientes a la enajenación de frutas, flores y hortalizas, que se realicen a partir del 1º de noviembre de 2012, el excedente de IVA proveniente de la diferencia de tasas
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De acuerdo al Decreto 267/001 de 11 de julio de 2001 y modificativos, el 16 de noviembre comienza el período de alta temporada, por lo tanto cesa la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a los servicios de hotelería en baja temporada.
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Mediante la Ley 18.568 de 13/09/09 se estableció un régimen de aportación gradual a DGI y BPS para aquellas empresas que inicien actividad amparadas en el régimen de IVA mínimo.
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El literal G) del numeral 1º del artículo 19 del Título 10 del TO-1996 exonera del IVA a los bienes a emplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su elaboración, facultando al P.E. a determinar la nómina de bienes comprendidos.
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Se determina que la actividad de los Depósitos Fiscales Únicos (Dedicados al control aduanero de las mercaderías destinadas a su comercialización en los Free Shop de Rivera, Chuy, Río Branco y Artigas) no está alcanzada por el IVA.
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Se prorrogó hasta el 30 de setiembre de 2012 la exoneración de IVA a las enajenaciones de carne de ave, de carne de cerdo con hueso y de carne ovina.
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